Asociaciones Miembros

Asociación Profesional de Asesores Fiscales y Contables de Ourense.

Fettaf En prensa

Ref. 19 | 28-01-2012
Artículo en prensa de D. Josep Mª Noguera (Responsable Consultoría Fiscal de la APTTCB)

Progresividad impositiva y reactivación económica
El pasado 30 de diciembre se estrenó el gobierno Rajoy aprobando el Real Decreto 20/2011 de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la reducción del déficit. Una de las medidas que destaca de forma más significativa ha sido la subida del IRPF, aprobando un recargo complementario sobre la tarifa estatal: en la tabla general se incrementan los tipos aplicables marginales que van del 0,75% al 7%, añadiendo un nuevo tramo de base liquidable a partir de 300.000 €. En la base de ahorro se añade también más
progresividad en tres tramos y con unos tipos que se incrementan con unos recargos que van del 2% al 6% hasta llegar a un tipo máximo del 27%.

El IRPF es un impuesto progresivo que tiene en cuenta las circunstancias personales y familiares y la renta obtenida del contribuyente. Cuanto más renta obtenida, más contribución impositiva. La Constitución española consagra el principio de progresividad como uno de los pilares fundamentales del sistema tributario. Desde un punto de vista técnico y de equidad tributaria podríamos concluir que esta medida parece impecable.

Debemos poner en el contexto económico actual esta subida sustancial del IRPF: una actividad económica que decrece, un paro que va subiendo, empresas con falta de liquidez para afrontar sus pagos, las que afrontan procesos concursales y algunas con planteamientos de 'ERE a corto plazo, y una falta de confianza a corto y medio plazo que no hace vislumbrar una reactivación económica sostenida, más bien todo lo contrario. Más allá de una medida necesaria para reducir el déficit fiscal y siendo de carácter temporal y excepcional, ¿es esta
subida del IRPF equitativa y justa?

En Cataluña, donde ya habían subido los tramos más altos, ¡llegamos a un tipo marginal del 56%!: Impuestos suecos para servicios que no son equiparables a los de los países nórdicos. Más allá de esta subida se hace más evidente el gap de déficit fiscal para una mayor contribución de los ciudadanos de nuestro país, si lo comparamos por ejemplo con la Comunidad de Madrid, que tendrá unas reducciones de tipos marginales muy sustanciales si nos fijamos en su tramo autonómico (hasta 4 puntos de diferencia en los tramos más altos).

Si antes el impuesto de sucesiones y donaciones creaba deslocalizaciones de negocios y de determinados patrimonios, ahora el IRPF puede contribuir a deslocalizar determinadas sedes de empresas y / o multinacionales que se quisieran instalar en Cataluña y que decantaran su ubicación en otros territorios para un mejor tratamiento tributario de los salarios de sus trabajadores y también de sus directivos. La reactivación económica de nuestro tejido empresarial se ve aún más comprometida, así como la reducción necesaria de un aro creciente.

Claramente es una medida injusta socialmente que hace recaer esta subida impositiva de una forma muy directa a las rentas medias y no incentiva precisamente el trabajo. La reactivación económica implica necesariamente, entre otras medidas, incentivar más el empleo reduciendo la fiscalidad sobre el trabajo, mejorando la equidad horizontal del IRPF. Actualmente el tipo marginal más alto ha pasado a ser del 56% y ¡hace 7años era del 43%!, Haciendo un poco de historia nos tendríamos que remontar a la primera reforma fiscal de Fernández Ordóñez para encontraren la tarifa general de IRPF un tipo marginal del 56% (año 1978).
Y ciertamente unos tipos que ahora oscilarán entre el 21% y el 27% que recaen sobre las rentas de capital mobiliario (básicamente intereses,dividendos, rescates de seguros) y las ganancias patrimoniales generadas; es la llamada base liquidable de ahorro con un trato fiscal másfavorable y que hace que esta renta dual se haga más difícil de comprender desde el punto de vista de una mejor equidad tributaria.

Si se quiere reactivar la emprendeduría y reducir la economía sumergida es necesario incentivar la creación de puestos de trabajo estableciendobonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social, para dinamizar sectores que hoy por hoy resultan opacos a la contribución impositiva.

Está claro que esta medida iría paralela con toda seguridad a una subida del IVA (es posible que el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro,prevea que ésta sea una de las medidas que se aprueben en los próximos meses).

Esta subida del IRPF ya será patente y todos los trabajadores nos encontraremos en la nómina del mes de febrero un tipo de retención más alto, teniendo en cuenta el cómputo de las retribuciones anuales, aunque regularizando la nueva cuota de retención que no se concentra el mes de febrero sino que se distribuye durante los once meses restantes (febrero a diciembre de 2012).

En los últimos tiempos estamos ya acostumbrados a las medidas excepcionales y de carácter temporal en el ámbito fiscal, y ello por sí solo convierte en injusto el propio sistema tributario.

Novedad:
2-04-2012 | Tablas Salariales correspondientes a 2012 del Convenio Colectivo estatal de Despachos de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales
VER AQUÍ
3-02-2011 | Tablas Salariales Despachos de Técnicos Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales modificadas Resolución de 23 de enero de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta de las tablas salariales modificadas, correspondientes a los años 2010 y 2011, del IV Convenio colectivo estatal para despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales. VER AQUÍ
14-10-2011 | Publicado en el BOE el IV Convenio Colectivo Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales Resolución de 29 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal para despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales. VER AQUÍ

Trabajos de la “Comisión de estudios para la adaptación del Derecho Tributario al Ordenamiento Comunitario” con la colaboración y participaron representantes de las asociaciones miembro APTTCB (Associació Professional de Tècnics Tributaris de Catalunya i Balears) y la AEAFT (Asociación Española de Asesores Financieros y Tributarios)
Copyright 2010 Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales
Sede Social:
C/ Lepant, 235 , bjos
Barcelona
Tlf: 93 265 27 28 Fax: 93 245 79 11